{"id":319,"date":"2020-04-22T10:52:55","date_gmt":"2020-04-22T10:52:55","guid":{"rendered":"https:\/\/zuritaabogados.com\/?p=319"},"modified":"2020-10-09T14:24:12","modified_gmt":"2020-10-09T14:24:12","slug":"reclamacion-vuelo-comprado-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/zuritaabogados.com\/en\/reclamacion-vuelo-comprado-covid-19\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 hago con el vuelo que tengo comprado ante la situaci\u00f3n del Covid-19?"},"content":{"rendered":"<p>La situaci\u00f3n de emergencia sanitaria en la que nos encontramos ha afectado de manera considerable al sector de los viajes, y acerc\u00e1ndose la \u00e9poca de verano y vacaciones, todo el mundo se hace la misma pregunta \u00bfqu\u00e9 hago con el viaje que tengo comprado?<\/p>\n\n\n\n<p>En este art\u00edculo estudiaremos, concretamente, algunos de los supuestos que se te pueden plantear, si ya tienes comprado tu vuelo.<\/p>\n\n\n\n<p>Imagina que tienes un vuelo desde Madrid a Kuala Lumpur (Malasia) en agosto de este a\u00f1o, y apenas 2 meses antes del viaje nos seguimos encontrando ante una situaci\u00f3n de pandemia mundial en la que no sabes si podr\u00e1s realizar o no el esperado viaje\u2026 \u00bfqu\u00e9 hacer? \u00bfCancelar con antelaci\u00f3n los vuelos? \u00bfDesistir de la devoluci\u00f3n de los importes? \u00bfEsperar a una comunicaci\u00f3n de la aerol\u00ednea o esperar a la fecha del vuelo?<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, existen distintas variables a la hora de&nbsp;<strong>reclamar por cancelaci\u00f3n de vuelos<\/strong>&nbsp;como la normativa aplicable y de qu\u00e9 forma lo hayas contratado.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los supuestos m\u00e1s sencillos y comunes es el caso del vuelo que se encuentra incluido en la contrataci\u00f3n de un viaje combinado que has comprado con una agencia de viajes espa\u00f1ola, esta reclamaci\u00f3n ser\u00e1 m\u00e1s sencilla y viable dado que se encuentra bajo la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola en materia de contrataci\u00f3n y bajo la Directiva (UE) 2015\/2302 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados,&nbsp;el cual presenta un modelo muy proteccionista de los consumidores y establece que el viajero puede cancelar el viaje sin pagar penalizaci\u00f3n alguna en el caso de que se den&nbsp;<em>circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma&nbsp;<\/em><em>significativa a la ejecuci\u00f3n del viaje combinado o al transporte de pasajeros al lugar de destino<\/em>, supuesto en el que se puede considerar incluidas las circunstancias extraordinarias en las que nos encontramos actualmente debido a las restricciones de movimiento por pandemia mundial de Coronavirus.<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, no se aplica, como hemos comentado, penalizaci\u00f3n ninguna, por lo que la agencia debe devolver el importe del viaje \u00edntegro pero no tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de indemnizar al viajero. Si bien hay que tener en cuenta que el Gobierno espa\u00f1ol est\u00e1 intentado ser flexible con las agencias de viajes y permite que estas ofrezcan un bono para disfrutar en el plazo de un a\u00f1o desde la finalizaci\u00f3n del Estado de Alarma o, en caso de reembolso, aplazarlo de manera que no se vean saturadas ante la lluvia de solicitudes.<\/p>\n\n\n\n<p>Caso m\u00e1s complicado es el que venimos a analizar m\u00e1s detenidamente en este art\u00edculo:&nbsp;\u00bfqu\u00e9 hacer si contrat\u00e9 \u00fanicamente el vuelo mediante una agencia online?<\/p>\n\n\n\n<p>En estos casos, en primer lugar, habr\u00e1 que consultar la pol\u00edtica de cancelaci\u00f3n de dicha agencia de viajes y adem\u00e1s la pol\u00edtica de cancelaci\u00f3n de vuelos por Covid-19 que haya aplicado la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea, ya que cada una de ellas est\u00e1 gestionando esta crisis de distinta forma y mediante distintos protocolos, y ser\u00e1 esta la que decida en \u00faltima instancia si procede la devoluci\u00f3n o no del billete dado que la agencia es una mera intermediaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s, debemos analizar los dos supuestos de cancelaci\u00f3n que existen y las consecuencias conforme la normativa vigente:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CANCELACI\u00d3N POR PARTE DEL PASAJERO:<\/strong>&nbsp;en estos casos, aunque se trate de un vuelo protegido por la normativa europea (que el vuelo salga de un Estado Miembro o de un tercer pa\u00eds con direcci\u00f3n a un pa\u00eds miembro), la legislaci\u00f3n no ofrece especial protecci\u00f3n si no existe una causa real de fuerza mayor para no realizar el viaje, como el hecho de estar ingresado en el hospital, si bien la Organizaci\u00f3n de Consumidores y Usuarios (OCU), una entidad espa\u00f1ola, est\u00e1 presionando para que el miedo insuperable al contagio al ser una persona de riesgo se considere como fuerza mayor en la cancelaci\u00f3n del viaje por parte del pasajero por lo que sea una causa justificada para solicitar tal cancelaci\u00f3n y reembolso del billete. Jur\u00eddica y actualmente podemos considerar que&nbsp;no tendr\u00edamos derecho a reembolso, salvo acuerdo o acogimiento a una pol\u00edtica por parte de la compa\u00f1\u00eda a\u00e9rea.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CANCELACI\u00d3N POR LA COMPA\u00d1\u00cdA POR COVID-19<\/strong>: las situaciones que se est\u00e1n dando actualmente son las de cancelaciones de las propias compa\u00f1\u00edas dado que la mayor\u00eda de pa\u00edses afectados est\u00e1n restringiendo enormemente los vuelos internacionales, hasta el punto de cancelarlos por completo, por lo que&nbsp;se ven obligadas a cancelar dichos vuelos por causas sobrevenidas y extraordinarias que no pueden evitar las aerol\u00edneas. En estos casos, seg\u00fan la normativa europea, las compa\u00f1\u00edas deben informarnos en un plazo determinado -seg\u00fan los casos- establecido en el&nbsp;<em>Reglamento (CE) n\u00ba 261\/2004 del Parlamento Europeo por el que se establecen normas comunes sobre compensaci\u00f3n y asistencia a los pasajeros a\u00e9reos en caso de denegaci\u00f3n de embarque y de cancelaci\u00f3n o gran retraso de los vuelos,&nbsp;<\/em>desde que son conscientes de la obligaci\u00f3n de cancelar,&nbsp;ofreciendo transportes alternativos si son posibles (por ejemplo, si no se han cerrado las comunicaciones terrestres) o el reembolso del billete, pero est\u00e1n exonerados de pagar indemnizaci\u00f3n si cumplen con lo mencionado, es decir con los requisitos informativos.<\/p>\n\n\n\n<p>En resumen, volviendo al ejemplo del viaje Madrid-Kuala Lumpur,&nbsp; lo aconsejable ser\u00eda dirigirse en primer lugar a la agencia online y a la aerol\u00ednea, solicitando el contrato de compraventa del billete con los T\u00e9rminos y Condiciones en caso de no tenerlo para confirmar las posibilidades de cancelaci\u00f3n que existen,&nbsp; y, en segundo lugar, en caso de no existir la posibilidad del completo reembolso del billete mediante cancelaci\u00f3n previa, esperar a que la propia agencia\/aerol\u00ednea cancele el viaje por causas extraordinarias con suficiente tiempo de antelaci\u00f3n (seg\u00fan lo indicado en la normativa europea) ya que aunque no tengamos derecho a indemnizaci\u00f3n, deben ofrecer al viajero al menos alguna de las siguientes alternativas:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>El reembolso del billete.<\/li><li>Transporte alternativo lo antes posible.<\/li><li>&nbsp;Transporte alternativo en otra fecha a convenir con el viajero.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Hay que tener en cuenta que, si en la misma reserva&nbsp;se compraron los vuelos de ida y vuelta, la compa\u00f1\u00eda debe reembolsar ambos, sin embargo si fueron contratados mediante reservas distintas s\u00f3lo ser\u00e1 reembolsable la cancelada.<\/p>\n\n\n\n<p>Los vuelos que quedar\u00edan totalmente fuera de la normativa europea ser\u00edan los vuelos internos en terceros pa\u00edses fuera de los tratados europeos, como por ejemplo, vuelos internos en Malasia. En estos casos hay que analizar de nuevo si se ha contratado mediante agencia o directamente con la aerol\u00ednea nacional, las soluciones que nos ofrecen as\u00ed como los T\u00e9rminos y Condiciones de los ticket de vuelo, y por otro lado analizar la normativa aplicable, que por ejemplo, en este caso ser\u00eda el&nbsp;<em>Malaysian Aviation Consumer Protection Code 2016<strong>,&nbsp;<\/strong><\/em>similar a la normativa europea en la cuesti\u00f3n de cancelaciones dado que en su p\u00e1rrafo 12 se establece que no habr\u00e1 compensaci\u00f3n por cancelaci\u00f3n por causas extraordinarias, si bien la aerol\u00ednea deber\u00e1 notificar de la cancelaci\u00f3n lo antes posible y ofrecer alternativas a los pasajeros ya sea reembolso del billete u alternativa de transporte\/fecha de transporte.<\/p>\n\n\n\n<p>En todo caso, ante las distintas situaciones que se pueden dar, y diversos elementos a analizar, lo ideal es contactar con un experto en la materia que sea capaz de analizar toda la informaci\u00f3n del caso, tanto a nivel nacional como internacional, y te asesore sobre la mejor soluci\u00f3n para recuperar el dinero invertido en tus vacaciones.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La situaci\u00f3n de emergencia sanitaria en la que nos encontramos ha afectado de manera considerable al sector de los viajes, y acerc\u00e1ndose la \u00e9poca de verano y vacaciones, todo el mundo se hace la misma pregunta \u00bfqu\u00e9 hago con el viaje que tengo comprado? 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